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23 de Mayo de 2013
9 Enero de 2013 | Denuncias | (Colombia)

El Régimen de Propiedad Horizontal ¿El quinto poder?

El Régimen de Propiedad Horizontal ¿El quinto poder?
Foto:Google

Tiempo atrás aprendí que existen tres ramas del poder público, después me enteré que a los medios de comunicación se les llamaba el cuarto poder y ahora estoy a punto de creer que el Régimen de Propiedad Horizontal en Colombia se está constituyendo en un autoritario quinto poder.

Si bien es cierto la sana convivencia en los conjuntos cerrados es una necesidad vital, también es cierto que en algunas ocasiones se está desbordando el poder por parte de los consejos de administración y de los administradores de propiedad horizontal,excediendo las facultades otorgadas en la Ley que reglamenta dicha actividad.-

A diario se conocen casos de abuso por parte de los miembros de los consejos de administración y de los administradores de los conjuntos o edificios y poco a poco están transformando la propiedad horizontal en un régimen autoritario que no tiene nada que envidiarle a una cárcel de máxima seguridad.

Reitero la importancia de fijar reglas de convivencia pero éstas no pueden convertirse en limitantes que vayan en contravía de los derechos constitucionales y legales.

He conocido casos en donde con una simple llamada o “guiño”del Administrador ocasionados por una supuesta duda, o inconveniente originado por cualquier causa, o por un simple capricho, (por ejemplo hoy es domingo tres de la tarde cómo se le ocurre hacer un trasteo) los vigilantes impiden la salida del trasteo. ¿No es esta una forma de secuestro?

Creería yo que si existe alguna reclamación hacía el copropietario o el arrendatario, existen acciones legales antes las autoridades competentes, ¿pero impedirle su salida? o en el peor de los casos con el trasteo en la calle, (en los casos de ingreso al conjunto), no olvidemos que muchas personas trabajan (es el ideal, ¿no?) y solamente pueden hacer trasteo los domingos.

Algunos administradores se creen los “dueños del chuzo” con una imponencia total y una actitud amenazante.

Ahora bien, somos conscientes que algunos residentes de los conjuntos son malas pagas “voluntarios”, pero hay otros que sencillamente caen en desgracia como diría mi abuela y pierden el empleo, quiebran y por obvias razones se atrasan en las cuotas de administración, y aparte de sus problemas empieza su calvario con la administración, no les dejan entrar el carro, les cierran la puerta en la cara, no les permite el uso de los bienes comunales, no se les entrega la correspondencia, la cual va a parar en una caneca común de correspondencia de los deudores morosos.(Qué tal ahí esté la cartica avisándole al infortunado desempleado la buena noticia del nuevo empleo, SÍ, ese que permitirá pagar las cuotas de administración). ¿En dónde queda la solidaridad?

Ejemplo, el caso de una señora que se atrasó en las cuotas de administración e inmediatamente le cortaron el servicio del citófono, situación que la Corte Constitucional consideró violatoria de los Derechos Fundamentales, recalcando el alto Tribunal:

“Los copropietarios están sujetos a los Reglamentos de la copropiedad adoptados en la forma prevista por la ley sustancial. Sin embargo, estos Reglamentos pueden desconocer o amenazar los derechos constitucionales fundamentales, y en estas situaciones es procedente la tutela.”

Aclara la Corte Constitucional“se considera que el citófono es un elemento requerido para las necesidades vitales, luego la suspensión del servicio podría ser una amenaza para la pronta solución de riesgos imprevistos, sea cual fuere la distancia entre portería y habitación del copropietario, lo cual puede vulnerar derechos fundamentales de las personas.”

Es necesario entonces por parte de los Consejos de Administración y los Administradores de Propiedad Horizontal, conocer la Constitución Política, la Jerarquía de las normas y las acciones legales que la ley determina en cada caso, señores administradores, ustedes no son administradores de justicia, simplemente su labor es como su nombre lo dice “administrativa” no sancionatoria o disciplinaria, hay que aprender a armonizar e interpretar las leyes, un cursito sobre este tema no estaría de más.

Yo he conocido casos absurdos de abuso de autoridad por parte de los administradores de propiedad horizontal y precisamente esta nota se origina por un inconveniente que tuve con una administradora de un conjunto vecino, quien concluyó que yo debería ser sancionada ¿ahh? Me sentenció, estoy esperando el fallo y la pena que me va a imponer, tengo curiosidad de conocer el fallo, no sé 30 días sin ver televisión o en el peor de los casos me extraditaran de conjunto. Quiero conocer esta nueva modalidad de justicia.

En el Conjunto de mi mamá, el administrador se fue en su contra simplemente porque sin malicia en el mes de octubre puso en la ventana un pequeño letrero que decía “alquilo disfraces”, casi le rompen la puerta para que en el acto quitara ese “despreciable e ilegal aviso”, por poco le llevan al ESMAD a mi indefensa madre.

Conozco muchos casos de abuso, pero no me alcanzaría el espacio ni el tiempo para relatarlos, lo cierto es que necesario el respeto de los derechos fundamentales de los residentes y la armonización de las leyes, de lo contrario, vivir en propiedad horizontal se va a convertir en una verdadera pesadilla.

 

Por: Sandra Mercedes

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Comentarios

osgir

osgir

10 Enero de 2013
7:23 am

SANDRA DE MI APRECIO:

AHÍ TIENES LO QUE OCURRE CON UNA DEMOCRACIA DE MEDIAS ROTAS y MEDIDAS BRUTAS.

luifernd

luifernd

9 Enero de 2013
9:44 pm

Sencillo, estimada SANDRAMERCEDES, aquí hay desbordamientos en la administración virlando la reglamentación de copropiedad horizontal de conjuntos o urbanizaciones cerradas, las deudas tienen sus límites para cancelarlas pero no pueden cortarles de manera abusivas los usos de ellas.Para ello están la autoridades, para denunciar a estos "caporos".Felicidades!!!

Sandra Mercedes

Sandra Mercedes

9 Enero de 2013
7:22 pm

Buenas Noches, muchas gracias por sus comentarios y complemento a la nota, estamos de acuerdo, debe existir un reglamento de convivencia, pero éste debe estar acorde a los principios, derechos y deberes constitucionales, ninguna norma o reglamento está por encima de la Constitución; en cuanto a que el reglamento es aprobado por la Asamblea de Propietarios, nada más peligroso que la aprobación de normas por parte de un grupo que está ansioso de que se terminen las susodichas reuniones, leí si mi memoria no me falla a un colaborador de Soyperiodista, que decía muy acertadamente que no hay nada más peligroso que la democracia. Cordial Saludo, Un abrazo.

Francaditalia

Francaditalia

10 Enero de 2013
3:09 am

perdón, ha llevado a la violación de los de los derechos...

Francaditalia

Francaditalia

10 Enero de 2013
3:07 am

Por una parte, la gente debe ser responsable de sus obliglaciones. Primero, es una obligación pagar la admon y respetar las zonas comunes. Segundo, la privatizacion de la seguridad en Colombia ha llevado a l de los derechos fundamentales. Es una bola de nieve, yo mo porto mal tu me sancionas, tu me sancionas yo me sigo portando mal, etc. Saludo cordial.

Sandra Mercedes

Sandra Mercedes

9 Enero de 2013
7:29 pm

La democracia en el sentido que no sabemos votar, elegir, somos fácilmente manipulables, votamos sin conocimiento de causa, y esto pasa muy a menudo en las citadas Asambleas que como dice Luisalejandro son un verdadero caos, De otra parte es obvio que se requieran recursos y que todos tengamos la obligación de pagar, pero la sensibilidad al dolor ajeno debería estar presente en los casos que lo amerite,un poco de consideración y apoyo hacen bien.

Lucho_perez

Lucho_perez

9 Enero de 2013
6:16 pm

Apreciada Sandra, siento mucho el impase que le pasó a tu Sra. Madre.pero.... como dice Bejarano, las normas son aprobadas por una asamblea en pleno, y respecto a quienes no tienen la capacidad de pagar una cuota, pues estan en el lugar equivocado,. el quedar sin empleo no debe ser disculpa para vivir a expensas de los demás. en esta oportunidad no estoy para nada de acuerdo con tu publicación.

luisalejandrodiaz

luisalejandrodiaz

9 Enero de 2013
4:55 pm

Son un caos estos consejos.

Lucho_perez

Lucho_perez

9 Enero de 2013
6:18 pm

El caos son los propietarios que NUNCA quieren hacer parte del consejo de Admón., delegando la responsabilidad a los mismos, hasta formar roscas. Lo mas sano es que haya rotación en esa labor, no se trata solo de pagar y vivir bueno, hay que untarse y trabajar por la unidad donde se reside. Es la mentalidad (paupérrima y miserable del colombiano promedio) que quiere que todo se lo hagan...

José Bejarano

José Bejarano

9 Enero de 2013
3:41 pm

Buena Antonin. Es chistoso tu comentario pero tiene lógica, es cierto que también hay arbitrariedades.

antonin

antonin

9 Enero de 2013
3:13 pm

Con respecto a esta nota,doy mi testimonio.
En una ocasiòn,no sè porque,me atrasè en la cuota... Recuerdo que ese dìa era Domingo y quisè darme un chapuzòn en la piscina del conjunto.
Voy llegando con mi atuendo para la ocasiòn,cuando enseguida me sale el guachimàn del conjunto y me dice: "Ud. no se puede bañar,solo puede sentarse en la orillita de la piscina y si acaso puede meter los pies.
Asi lo hice,pero no sè si involuntaria o voluntanriamente se me fue el cuerpo y ¡zas! adentro... como pez en el agua empecè a nadar como un bendito.
De repente escucho un pitazo,me detengo y saco la cabeza... El guachiman me dice:"Està sancionado,esta sancionado" Acto seguido vuelve y pita
Salgo y le digo lo primero que se me ocurre: ¡Mequetrefe!
Se vuelve hacia mi y dice: ¡Salga de mi chuzo!

osgir

osgir

10 Enero de 2013
8:53 am

Y a que chuzo se refería, ojalá no haya sido que te chuzó....

Aracataka

Aracataka

9 Enero de 2013
9:56 pm

jejejejeje que gracioso! jejejejejej perdon! perdon pero es inevitable reirse...Antonin debes patentar ese cuento!! es muy gracioso!!
..pero hablando en serio, Sandra Mercedes dice cierto de los administradores que extralimitan sus funciones y se creen los duenos del chuzo...y los vigilantes ni hablar! para muestra tu boton!!
....mi cunada vive en un conjunto cerrado en Cali y francamente parece una carcel!
..saludos! :-)

José Bejarano

José Bejarano

9 Enero de 2013
2:42 pm

Las normas de convivencia son acordadas por la Asamblea de Coproietarios, además de las señaladas por el Reglamento de Propiedad Horizontal, por lo tanto, todos deben cumplirlas. Quien no tiene capacidad o modos para atender la cuota de administración, debe replantear su situación habitacional.
Perdóname y saludos.

KarlosFer

KarlosFer

9 Enero de 2013
11:12 am

Difiero de tu apreciación en distintos aspectos. en que antes el "régimen" de propiedad horizontal se queda corto, le faltan herramientas, para lograr la sana convivencia.
El problema radica en que hay muchas personas que olvidan por completo que en una unidad residencial no se vive, se convive, haciendo imposible la vida a los demás. Respecto al tema de los morosos, tenga la plena seguridad que la gran mayoría SI tienen capacidad de pago, solo se convierten en parásitos sociales que vives a costillas de los que pagan cumplido, Doloroso y duro decirlo pero quien quede sin empleo y pierda la capacidad de pago (de Una administración, del LUJO que significa vivir en unidad cerrada) pues debería revaluar su situación, porque de ser así llega el momento en que las unidades son inviables.