

En respuesta a una solicitud de auditoría y veeduría de una ciudadana la Dirección de Salud Pública de la Gobernación de Cundinamarca remitió a la Secretaria de Salud y Medio Ambiente de la Alcaldía de Zipaquirá la inspección, vigilancia y control del Parque Agropecuario de La Sabana, por medio de visita oficial con instrumento especializado para evaluar las condiciones de este tipo de establecimientos.
El día 21 de Diciembre de 2010 la Secretaria de Salud y Medio Ambiente de Zipaquirá realizó visita al Parque Agropecuario de la Sabana, PANACA, para verificar las condiciones que la ciudadana Nidya Gutiérrez denunció a la Dirección de Salud Pública de Cundinamarca el día 15 de Octubre de 2.010, A LA VISITA OCULAR SE PUDO CONSTATAR QUE LOS ANIMALES SOMETIDOS A CONFINAMIENTO, ESPECIFICAMENTE LOS CANINOS, PRESENTAN ALTERACIONES EN SU COMPORTAMIENTO DETERMINADAS COMO: ESTEROTIPIAS, IGUALMENTE SE VERIFICARON LAS CONDICIONES DE BIENESTAR ANIMAL, CON RESPECTO A LA ALIMENTACION, MALESTAR FISICO, DOLOR, HERIDAS, ENFERMEDADES, MIEDO, ANGUSTIA Y DEMAS, LAS CUALES SE PUDO DETERMINAR, SON CUMPLIDAS, teniendo en cuenta lo expuesto y las condiciones verificadas en la visita, la Secretaria de Salud y Medio Ambiente realizará en el mes de Enero de 2011, la Inspección, Vigilancia y Control del parque Agropecuario de la Sabana PANACA, por medio de visita oficial con instrumento especializado para evaluar las condiciones de este tipo de establecimientos, buscando de esta manera exigir por medio de la licencia sanitaria, las modificaciones a que haya lugar para restablecer las condiciones de comportamiento normales de la totalidad de los animales sometidos a confinamiento en el parque, esto puede incluir desde las modificaciones de la infraestructura hasta el retiro definitivo de los animales que no puedan ser rehabilitados, pasando por el enriquecimiento de los encierros, entre otras de las exigencias que el Médico Veterinario realizará en la respectiva Acta de Visita.
La Secretaria de Salud y Medio Ambiente agradeció la importancia que la ciudadana le ha otorgado al caso y su buena voluntad de colocarlo en conocimiento de la autoridad sanitaria, y aseguró estar atenta al cumplimiento de las exigencias realizadas al parque, para que de tal manera se cumpla con las condiciones básicas de bienestar animal contempladas en la ley 84 de 1989 y por la AMV.
La ciudadanía confía en que el Estado haga respetar entre otras las 5 condiciones básicas de Bienestar Animal de la Asociación Mundial de Veterinarios para quienes manejan perros:
1- Que no sufran hambre ni sed.
2- Que no sufran malestar físico ni dolor.
3- Que no sufran heridas ni enfermedades.
4- Que no sufran miedo ni angustia.
5- Que puedan ajustarse a su comportamiento normal y esencial.
“Quien no impide una falta, pudiendo, es igual que si ordenase cometerla” Séneca.
Nidya Gutiérrez
Periodista Independiente
T. P. No 7735
aniert@colombia.com
Bogotá D.C. Colombia


Comentarios
osgir
14 Enero de 2011
6:08 pm
Sugiere que estos amigos tengan un SOLO amo, y verás.